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Mesa electoral 29N: cuánto se cobra, cómo librarse y qué pasa si no vas

Todo lo que necesitas saber si te toca ser presidente, vocal o suplente en las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026.

Fechas clave

  • Sorteo: del 31 de octubre al 4 de noviembre, en cada ayuntamiento.
  • Notificación: en los 3 días siguientes al sorteo.
  • Alegaciones: 7 días naturales desde la notificación, ante la Junta Electoral de Zona.
  • Día de la votación: la mesa se constituye a las 8:00 del 29 de noviembre.

Cuánto se cobra

Los presidentes y vocales reciben una dieta de 75 euros por la jornada (Orden INT/650/2026). Los suplentes solo cobran si sustituyen a un titular.

Motivos válidos para librarse

  • Ser mayor de 65 años (puedes renunciar).
  • Haber formado parte de una mesa al menos tres veces en los últimos diez años.
  • Enfermedad o incapacidad acreditadas con certificado médico, o embarazo a partir del sexto mes.
  • Cuidado de hijos menores de 14 años o de familiares dependientes, si lo acreditas.
  • Haberte trasladado a otra provincia o comunidad.
  • Ser candidato o pertenecer a una confesión religiosa cuyas normas lo impidan, entre otras causas que valora la Junta Electoral de Zona.

Presentar alegaciones no te exime automáticamente: tienes que esperar la resolución de la junta. Si el impedimento surge después, comunícalo al menos 72 horas antes de la votación.

Derechos laborales

Si trabajas, tienes permiso retribuido el día de la votación y una reducción de cinco horas en tu jornada del día siguiente.

Si no te presentas

No acudir sin causa justificada es un delito electoral (art. 143 de la LOREG): prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se sortean las mesas electorales del 29N?

Los ayuntamientos celebran el sorteo entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026. La notificación se entrega en los tres días siguientes.

¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral el 29N?

75 euros por la jornada para presidentes y vocales, según la Orden INT/650/2026. Los suplentes solo cobran si ocupan una vacante.

¿Cuánto tiempo tengo para alegar?

Siete días naturales desde la notificación, ante la Junta Electoral de Zona. La junta resuelve en unos cinco días.

¿Qué pasa si no me presento a la mesa electoral?

No acudir sin causa justificada es un delito electoral (art. 143 de la LOREG), castigado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

¿Tengo permiso en el trabajo si me toca mesa?

Sí: permiso retribuido toda la jornada del día de la votación, si es laborable, y una reducción de cinco horas en la jornada del día siguiente.

Información orientativa. Consulta siempre tu notificación oficial y la Junta Electoral de Zona.

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